El Programa del Boleto para Trabajar del Seguro Social

Preguntas frecuentes

El Programa del Boleto para Trabajar es un programa de la Administración del Seguro Social (SSA) diseñado con el fin de ampliar el acceso a empleos para beneficiarios discapacitados del Seguro Social.

Como participante en este programa, usted selecciona proveedores de servicios aprobados por la SSA para que le ayuden a obtener capacitación para desempeñar un empleo, rehabilitación vocacional, entrenadores en el empleo y transporte, como parte de un plan que le permita alcanzar sus metas personales de empleo.

Mientras usted esté utilizando su Boleto y logrando un progreso oportuno hacia sus metas, la SSA no evaluará el estatus de su discapacidad médica.

Este programa tiene el propósito de ayudar a quienes ya tienen asignados beneficios por discapacidad del Seguro Social conforme a las reglas para personas adultas y están recibiendo beneficios en efectivo. Conforme a las nuevas reglas de 2008 relacionadas con el Programa del Boleto para Trabajar, todos los beneficiarios adultos que tengan de 18 a 64 años de edad y reciban beneficios en efectivo del programa de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) o del Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI) son elegibles para participar en este programa. Usted puede participar de inmediato en el programa si cumple con estos requisitos.

Para verificar si tiene derecho a participar en el Programa del Boleto para Trabajar, llame a la Línea de Ayuda del Boleto para Trabajar, 1-866-968-7842 o 1-866-833-2967 (TDD).

Después de que haya confirmado que califica para comenzar en el Programa Ticket to Work (Boleto para Trabajar), podrá comenzar a buscar una Red de Empleo (EN). Para localizar y seleccionar una EN, haga clic aquí. Se permite utilizar solamente una EN a la vez. Usted y la EN intercambian información sobre los servicios necesarios para ayudarle a alcanzar sus metas de empleo. Éste es un paso clave en el Programa del Boleto para Trabajar. Al llegar a un acuerdo, usted y la EN convierten la información recopilada en un Plan de Trabajo Individualizado (IWP).

Una vez que usted y la EN hayan acordado colaborar, ambas partes firman el IWP, y la EN lo enviará al administrador del programa de Boleto para Trabajar a fin de completar el proceso de asignación. Si no está conforme con los servicios que se encuentra recibiendo de la EN y quiere procurar los servicios de otra, puede cambiar de EN.

Una Red de Empleo es una entidad aprobada por la Administración del Seguro Social para prestar servicios relacionados con el empleo conforme al Programa del Boleto para Trabajar.

Las Redes de Empleos pueden ofrecer una variedad de servicios, tales como servicios de preparación para obtener y desempeñar un empleo, servicios de colocación, rehabilitación vocacional, capacitación, entrenadores de empleo, transporte y otros medios de apoyo.

Ejemplos de EN son los siguientes: empleadores, el Departamento de Rehabilitación de California y los Centros Profesionales de Una Parada.

Para encontrar Redes de Empleo in California, haga clic aquí.

Algunas EN son agencias de colocación, pero otras prestan otros servicios relacionados con los empleos, tales como capacitación o transporte, o una variedad de servicios. Al seleccionar una EN, le conviene considerar con cuidado cuáles servicios serán más útiles para alcanzar sus propias metas de empleo.

Aun cuando una EN preste servicios de colocación, será necesario que usted participe de manera activa en el proceso para la obtención de un empleo.

El Plan de Trabajo Individualizado es un acuerdo formal que usted celebra con su Red de Empleo y que describe en detalle cómo usted utilizará sus servicios para alcanzar sus metas de empleo. Este plan incluye pasos específicos y plazos, y puede durar muchos años.

Una vez usted y su Red de Empleo (EN) hayan creado y firmado un Plan de Trabajo Individualizado (IWP), deberá progresar de manera oportuna hacia el logro de sus metas de trabajo. Para progresar de manera oportuna, deberá cumplir con requisitos específicos por cada periodo de 12 meses que se encuentre en el Programa Boleto para Trabajar. Los requisitos exactos dependen de cuánto tiempo ha estado en el programa, pero siempre se relacionan con los estudios que tenga. Mientras más tiempo haya estado en el programa, mayores son los requisitos.

Siempre y cuando tenga un progreso oportuno, no estará sujeto a una Revisión de Continuación de la Discapacidad (CDR) por el Seguro Social. Si no tiene un progreso oportuno, puede continuar en el programa Boleto para Trabajar, pero podría estar sujeto a una CDR médica hasta que comience a cumplir con los requisitos de progreso oportuno.

Para ver los requisitos completos de progreso oportuno por cada año adicional del programa Boleto para Trabajar, lea las pautas del Seguro Social.

Todos los beneficiarios del seguro de incapacidad del Seguro Social se someten normalmente a exámenes médicos periódicos, denominados Revisiones de Continuación de Incapaciada (CDRs). El Seguro Social utiliza las CDR para determinar si ha ocurrido una mejora médica en su condición, o para determinar si usted continúa siendo elegible para recibir beneficios.

Mientras usted demuestre un progreso oportuno en su Plan de Trabajo Individualizado (IWP), el Seguro Social no iniciará una CDR médica.

Sí. Si hay demoras o continúa teniendo problemas con el plan de trabajo, o entre usted y un red de empleo (EN), tanto usted como ésta podrán terminar la relación. Entonces, usted puede recurrir a otra EN sin que le hagan preguntas. Para hacerlo, tiene eliminar la EN de su boleto y realizar los pasos necesarios para asignárselo a otra EN. Disability Rights California puede proveerle servicios de mediación en estos casos, si fuera necesario.

Los ingresos (salarios) afectan su elegibilidad para los beneficios, ya sea que usted participe o no en el Programa Boleto para Trabajar. Las normas laborales de la SSI y las del SSDI describen cómo sus salarios afectan estos beneficios.

El Seguro Social ya no envía boletos impresos por correo. Todo es electrónico. Para verificar que su boleto sea asignable y obtener una lista de las Redes de Empleo (ENs), llame a la Línea de Ayuda del Boleto para Trabajar, 1-866-968-7842 o 1-866-833-2967 (TDD). Puede también comunicarse con el programa visitando el sitio web del Boleto para Trabajar.

Las redes de servicios de empleo no cobran sobre la base tradicional de pago por servicios prestados, sino cuando usted tiene éxito - es decir, cuando sus ingresos aumentan y usted deja de recibir los beneficios en efectivo del Seguro Social.

El Boleto es sin costo para todos los individuos elegibles.

El Programa Boleto para Trabajar aplica las mismas normas que establecen la elegibilidad para los programas de discapacidad del Seguro Social. Usted debe ser residente legal de los Estados Unidos. La Administración del Seguro Social ofrece una explicación de las normas.

Otra fuente de información para los inmigrantes y el Seguro Social es la "Guía de la Coalición de Los Angeles para erradicar el hambre y la falta de vivienda de la gente" (Los Angeles Coalition to End Hunger & Homelessness' "People's Guide").

Si no puede lograr un progreso oportuno en su plan de trabajo individual (IWP) debido a una enfermedad o discapacidad, puede pedir que se suspenda de manera temporal su participación en el programa Boleto para Trabajar. Esto significa que el programa congelará su estado en el calendario de revisión de progreso oportuno. Durante este periodo, tendrá "estado inactivo", en cuya situación el Seguro Social puede requerir una Revisión de Continuación de la Discapacidad médica (CDR).

Si mejora su salud y puede volver a trabajar, podrá reactivar su estado y reanudar el programa donde se quedó, lo que significa que podrá empezar de nuevo con el calendario original para cumplir con los requisitos del progreso oportuno.

Como el Seguro Social suspende sus revisiones de continuación de discapacidad (CDR, por su sigla en inglés) mientras usa su Boleto, su elegibilidad para el programa del Boleto y los beneficios de discapacidad del Seguro Social continuarán si su afección médica se mejora.

Los empleados de tiempo completo, medio tiempo y por cuenta propia pueden trabajar en el Programa del Boleto. De acuerdo con las normas de incentivos laborales actuales, la cantidad de ingresos que el Seguro Social considera es lo que afecta las normas de beneficios; no importa si el trabajo es de tiempo completo, medio tiempo o por cuenta propia.

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