El Programa de Asistencia Monetaria para Inmigrantes (CAPI)
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Puntos básicos
El estado de California implementó el Programa de Asistencia Monetaria para Inmigrantes (CAPI, por su sigla en inglés), para entregar dinero a ciertos inmigrantes en situación legal. Antes, los inmigrantes en situación legal recibían este tipo de asistencia del gobierno federal por medio del Programa de la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por su sigla en inglés). En la década de 1990, las normas de la SSI cambiaron y algunos inmigrantes en situación legal dejaron de recibir esta prestación. California estableció el programa CAPI para ayudar a las personas que no podían obtener la SSI debido a su estado migratorio.
Para obtener la asistencia monetaria del CAPI, usted debe reunir ciertos requisitos. Lo que es más importante, usted debe ser residente de California, y tener 65 años de edad o más, o ser cieog/a o discapacitado, a quien se le han denegado las prestaciones de la SSI debido a su estado migratorio. También debe reunir otros requisitos con respecto a sus ingresos, bienes y vivienda. Puede presentar una solicitud en la oficina del Departamento de Bienestar Público de su condado. Una vez que se determina sus requisitos, CAPI paga casi las mismas prestaciones que las recibidas por los beneficiarios de la SSI.
También
Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)
La SSI ayuda a las personas con discapacidad que tienen escasos ingresos y recursos limitados.
Medi-Cal
Medi-Cal es una cobertura para personas de bajo ingresos con y sin discapacidad.
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Eligibilidad
Para obtener la asistencia monetaria del CAPI, usted debe reunir ciertos requisitos. Lo que es más importante, usted debe ser residente de California, y tener 65 años de edad o más, o ser ciego/a o discapacitado, a quien se le han denegado las prestaciones de la SSI debido a su estado migratorio.
Puede ser elegible para el CAPI si:
- vive en California,
- es un inmigrante en situación legal, y
- no puede recibir las prestaciones de la SSI debido a su estado migratorio.
Si reúne estos requisitos básicos, existen otras normas referidas a ingresos, bienes y estado migratorio.
Para una lista de todas las cartas y notificaciones sobre actualizaciones y cambios en el CAPI, haga clic aquí.
Personas que no son elegibles para el CAPI
Usted no será elegible para el CAPI si:
- es ciudadano estadounidense
- recibe las prestaciones de la Seguridad de Ingreso Suplementario
- vive en una institución pública, como un hospital o la cárcel, durante todo un mes calendario
- no es residente de California
- no coopera con los requisitos del programa
- es un convicto que se dio a la fuga
Requisitos: Valoración de los bienes e ingresos del patrocinador
Tener un patrocinador puede afectar los requisitos para el CAPI. Cuando calcula sus ingresos y bienes, CAPI suma los ingresos y bienes de su patrocinador a los suyos. También se sumarán los ingresos y bienes del cónyuge de su patrocinador. Este proceso se llama valoración de bienes e ingresos.
Por ejemplo, si sus ingresos contables son $500 y los de su patrocinador son $1,000, CAPI sumará ambas cifras y determinará que sus ingresos contables son $1,500. Los ingresos y los bienes se calcularán independientemente de si su patrocinador se los entrega en realidad o no. También se hará una valoración si su cónyuge no reúne los requisitos del CAPI y si tiene un hijo menor de edad que solicita los beneficios del programa.
Las normas de ingresos atribuidos de bienes e ingresos de CAPI son complejas. El período de tiempo y el monto de los ingresos y bienes de su patrocinador que se calculan para usted dependen de cuándo ingresó en el país, el tipo de declaración jurada de manutención que su patrocinador firmó y si éste está fallecido, discapacitado o si lo maltrata. Por ejemplo, no se calcularán los ingresos y bienes si su patrocinador lo maltrató a usted o a su hijo. Esta excepción a las normas de ingresos atribuidos dura un año a partir de la fecha en que usted recibe los beneficios de CAPI por primera vez, o por un plazo indefinido, según la petición que se haya presentado ante el USCIS. Si no puede costear los gastos de alimentos, vestimenta o vivienda, también quedará exceptuado de las normas de ingresos atribuidos en virtud de la excepción por indigencia.
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La SSI ayuda a las personas con discapacidad que tienen escasos ingresos y recursos limitados.
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La solicitud
Proceso de solicitud
Puede presentar una solicitud para el CAPI en la oficina del bienestar público de su condado. Como CAPI solicita información sobre el estado migratorio, su situación de vivienda, ingresos y bienes, tanto sobre usted como de su patrocinador, tendrá que llenar un número de formularios. También tendrá que probar que le han denegado la Seguridad de Ingreso Suplementario basándose exclusivamente en su estado migratorio. Si no puede hacerlo, tendrá que solicitar las prestaciones de la SSI mientras se procesa la otra solicitud.
Como CAPI y Medi-Cal tienen algunos requisitos en común, usted llenará una solicitud para Medi-Cal cuando presente la del CAPI. Aunque es posible ser elegible para ambos programas a la vez, éstos establecen distintos requisitos lo cual indica que usted no necesariamente será incluido en los dos si reúne los requisitos para uno de ellos. El programa CAPI exige que usted también presente una solicitud para los otros beneficios a los cuales tenga derecho, tales como el Seguro Estatal de Incapacidad, las prestaciones para veteranos, la SSI o el Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI, por su sigla en inglés), antes de aprobar su solicitud. Las oficinas del condado tienen programas de defensoría de la SSI y del CAPI que lo podrán ayudar con su solicitud para la SSI.
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CAPI y su estado migratorio
Cuando ingresa en el país, los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (United States Citizenship and Immigration Services, USCIS) le asignan un estado migratorio. El CAPI toma en cuenta este estado cuando determina si usted reúne o no los requisitos para recibir las prestaciones. El programa CAPI es para las personas clasificadas como extranjeros cualificados o comprendidos por la Ley para los residentes permanentes en los Estados Unidos con la autorización del Departamento de Seguridad Nacional (PRUCOL, por su sigla en inglés). En las definiciones del glosario puede encontrar una descripción detallada de estas categorías. El programa CAPI se estableció para las personas que no pueden recibir los beneficios de la Seguridad de Ingreso Suplementario debido a los cambios de requisitos que entraron en vigencia el 22 de agosto de 1996; por ello, sus requisitos para el programa depende de esa fecha.
Si ingresó en los Estados Unidos antes del 22 de agosto de 1996, puede ser beneficiario del programa CAPI si:
- es extranjero cualificado que tiene 65 años o más y reside legalmente en los Estados Unidos desde el 21 de agosto de 1996
- es inmigrante de 65 años o más de edad, es ciego/a, o está discapacitado/a conforme a la ley PRUCOL
- es extranjero cualificado víctima de agresión o abuso.
Si ingresó en los Estados Unidos el 22 de agosto de 1996 o después de esa fecha, su patrocinio es importante. Puede ser elegible para el CAPI si:
- es inmigrante cualificado/a de 65 años o más de edad, ciego/a, o discapacitado/a cuyo patrocinador (o cónyuge del patrocinador) ha fallecido, está discapacitado/a o lo/a maltrata
- es inmigrante cualificado/a o comprendido por la Ley PRUCOL, que es de 65 años o más de edad, es ciego/a, o está discapacitado/a, que no tiene patrocinador o cuyo patrocinador no está muerto o discapacitado, ni lo/a maltrata
- es inmigrante cualificado/a víctima de agresión o abuso
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Sus bienes e ingresos
Además de los requisitos referidos al estado migratorio, también se imponen límites para los bienes e ingresos que usted debe cumplir para recibir las prestaciones del CAPI.
En general, estos requisitos son los mismos que aquellos para el programa de la SSI. Al igual que la SSI, el CAPI no toma en cuenta todos sus bienes e ingresos para determinar si usted reúne los requisitos del programa. Si la cantidad que se toma en cuenta para el programa es menor que los límites establecidos, usted es elegible.
Recursos
El límite de los bienes contables del CAPI es $2,000 para los individuos y $3,000 para las parejas. El CAPI no toma en cuenta ciertas cosas, como la casa, cuando analiza su caso. Haga clic aquí para ver una lista de exclusiones en la consideración de bienes.
Ingresos Contables
Los límites de ingresos se usan para determinar sus requisitos para el programa y el monto del beneficio que recibirá. Este proceso es muy similar al cálculo de los ingresos contables de la SSI e incluye los ingresos ganados y no ganados del trabajo y los atribuidos (véase a continuación).
CAPI compara sus ingresos contables con la cantidad máxima de dinero que una persona en su situación podría recibir. Si sus ingresos contables son mayores que esta cantidad, no podrá acceder al beneficio.
Por ejemplo, si vive sólo y sus ingresos contables son de $1,000, no es elegible para el CAPI porque $990 son más que la cantidad máxima del beneficio de CAPI ($1,206.94 para individuos).
Si sus ingresos contables son menores que $1,206.94, podrá recibir los beneficios por una suma igual a la diferencia entre los dos montos. Por ejemplo, si reúne los requisitos para recibir $1,206.94 y sus ingresos contables son de $300, su beneficio será de $906.94. La cantidad que le corresponde recibir se llama norma de pago y para su cálculo se toma en cuenta su situación de vivienda y discapacidad.
Obligaciones
Es muy importante que informe los cambios en su estado migratorio, ingresos, bienes, estado civil, su situación de vivienda y datos del patrocinante.
Si el CAPI comprueba que usted ha brindado una información falsa, le cobrarán un recargo, es decir, usted tendrá que devolver el dinero que se le haya pagado de más. Aunque existen formas de no pagar los recargos, su obligación es tratar de evitarlos. El hecho de mentir o guardarse información también puede afectar sus requisitos para el CAPI.
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Ejemplo
La historia de Carlos
Carlos tiene 47 años y vive en los Estados Unidos desde 1997. Hace poco tiempo quedó paralítico como consecuencia de un accidente de automóvil y ya no puede trabajar a tiempo completo. Como no podía autoabastecerse, un amigo le sugirió que presentara una solicitud para la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés). Carlos así lo hizo, pero recibió una carta que le informaba que, aunque estaba discapacitado, no reunía los requisitos de inmigración del Seguro Social.
Le contó la situación a su amigo, quien se acordó que había un programa en California, llamado CAPI, para gente que se encontraba en la misma situación que Carlos. Le dijo a Carlos que fuera al agencia de servicios sociales del condado y presentara una solicitud.
Cuando llegó al Departamento de Bienestar Público, le asignaron una encargada de casos, llamada Silvia, para ayudarlo con su solicitud. Una vez en la oficina, Silvia sacó una pila de formularios. Como se dio cuenta de que Carlos se había puesto nervioso, le explicó que lo ayudaría durante todo el proceso.
Silvia dijo: "La primera pregunta que se hace cuando se presenta una solicitud para el CAPI es si le han denegado la SSI debido a su estado inmigratorio".
Carlos sacó la carta que había recibido de la Administración del Seguro Social y se la entregó a Silvia.
"Muy bien. Lo que necesito conocer ahora es su estado migratorio. ¿Es usted un extranjero cualificado o está comprendido por la Ley para los Residentes en Estados Unidos con la Autorización del Departamento de Seguridad Nacional (PRUCOL, por su sigla en inglés)?"
Carlos se quedó mirándola sin comprender. No tenía ni idea de lo le estaba diciendo. Silvia se dio cuenta de cuán confusa era la pregunta y le pidió a Carlos que le contara cuándo vino al país y lo que conocía sobre su estado migratorio.
Carlos la miró aliviado y le explicó: "Llegué a los Estados Unidos en 1997 y me otorgaron la tarjeta de residencia en el año 2002."
Silvia dijo: "Bueno, si tiene la tarjeta de residencia, esto significa que es un extranjero cualificado; y los extranjeros cualificados son uno de los grupos que reúnen los requisitos para el CAPI. Basándose en su discapacidad, fecha de entrada en el país y estado migratorio, usted podría ser elegible para el CAPI, pero primero tenemos que considerar sus ingresos, bienes y condiciones de vida. ¿Tiene familia?"
"No", respondió Carlos.
Silvia sacó un gráfico y agregó: "Es decir que sus ingresos contables pueden sumar hasta $1,206.94". El límite de bienes es de $2,000 para individuos".
Carlos sonrió y le explicó que definitivamente se encontraba dentro del límite. Silvia ayudó a Carlos a llenar el resto de los formularios del CAPI.
También lo ayudó con la solicitud de Medi-Cal y le explicó que todas las personas que solicitan el CAPI deben presentar una solicitud para Medi-Cal también.
Un mes después, Silvia llamó a Carlos y le pidió que fuera a la oficina.
"Buenas noticias", le contó Silvia, "usted reúne los requisitos para el CAPI y cobrará $906.94 por mes. Así lo hemos atribuido: mensualmente, usted cobraba $100 de un premio por servicios comunitarios que había ganado (ingresos no ganados) y $505 del salario de su trabajo. Usamos el cálculo de ingresos contables para estimar qué cantidad de esos ingresos CAPI tomaría en cuenta".
"¿Qué es el cálculo de ingresos contables?", preguntó Carlos.
Silvia respondió: "Primero tomamos sus ingresos no ganados mensuales y les restamos $20; la cifra resultante, $80 en su caso, corresponde a sus ingresos no ganados contables.
$100 | Ingresos no ganados mensuales | ||
- | $20 | Exclusión de ingresos general | |
|
|||
$80 | Ingresos no ganados contables |
Luego, tomamos sus ingresos ganados mensuales, les restamos $65, y dividimos la cifra restante por dos. Esta cifra, en su caso $220, son sus ingresos ganados contables.
$505 | Ingresos ganados mensuales | ||
- | $65 | Exclusión de ingresos general | |
|
|||
$440 | |||
÷ | 2 | El resto se divide por 2 | |
|
|||
$220 |
Ingresos ganados contables |
Por último, sumamos sus ingresos ganados y no ganados contables para calcular sus ingresos contables totales, que da un total de $300.
$80 | Ingresos no ganados contables | ||
+ | $220 | Ingresos ganados contables | |
|
|||
$300 |
Ingresos computados por CAPI |
Luego restamos esa cantidad de la norma de pago apropiada y obtuvimos el monto de sus beneficios".
$1,206.94 | Norma de pago para los individuos discapacitados correspondiente al año 2025 | ||
- | $300 | Ingresos calculados por CAPI | |
|
|||
$906.94 | Monto de los beneficios del CAPI |
"Con respecto a mis bienes, ¿me encontraba dentro del límite?", preguntó Carlos.
"Tómeselo con calma", respondió Silvia. "CAPI no toma en cuenta su vivienda ni su auto, así que usted no tenía bienes".
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Preguntas Frecuentes
¿Qué es el Programa de Asistencia con Efectivo para Inmigrantes (CAPI, por su sigla en inglés)? 

El CAPI provee dinero en efectivo a los inmigrantes de la tercera edad, ciegos, o discapacitados, que no califican para acceder a la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por su sigla en inglés) debido a su estado migratorio.
¿Qué beneficios brinda el CAPI y durante cuánto tiempo?

CAPI paga un subsidio mensual en efectivo. Se vuelve a determinar sus requisitos cada 12 meses.
¿Quién es elegible para acceder a los beneficios del CAPI?

Los requisitos del programa de asistencia con efectivo para inmigrantes son:
- Tener al menos 65 años, o
- Estar discapacitado/a o ciego/a de acuerdo con la definición del Seguro Social.
Además, usted debe:
- Ser un extranjero cualificado o estar comprendido por la Ley para los residentes permanentes en los Estados Unidos con la autorización del Departamento de Seguridad Nacional (PRUCOL, por su sigla en inglés),
- Residir en California,
- Tener ingresos y bienes por debajo de los límites establecidos por el CAPI (lea la pregunta 6),
- Presentar una constancia de que ha presentado una solicitud para la Seguridad de ingreso suplementario (SSI) y que ésta fue denegada debido a su estado migratorio.
¿Cómo presento una solicitud para el CAPI?

Para presentar una solicitud para el CAPI, comuníquese con Departamento de Servicios Sociales del condado local.
¿Se deben cumplir algunos requisitos médicos para acogerse al programa CAPI?

Sí. Usted debe tener una discapacitad o ser ciego/a según la definición del Seguro Social si presenta una solicitud basándose en esas condiciones. Esto no corresponde si presenta una solicitud para el CAPI basándose en la edad (65 años o más).
¿El dinero que tengo en el banco o los bienes que poseo afectan mis requisitos para el programa CAPI?

Sí. Para ser elegible para el CAPI, usted no puede:
- Tener recursos personales valuados en más de $2,000 ($3,000 para una pareja). CAPI no toma en cuenta su vivienda, su auto y ciertos otros bienes cuando evalúa sus requisitos.
- Tener ingresos contables (los ingresos que quedan después de aplicar algunas deducciones) que excedan la tasa máxima de beneficios. Los límites de ingresos variarán según sus condiciones de vida y su discapacidad. La tasa máxima de beneficios para un individuo viviendo en su propia casa en 2025 es de $1,206.94 por mes ($2,057.83 para una pareja).
Haga clic aquí para una tabla que enumera las normas actuales de pago del CAPI.
How does CAPI count my income?

Like the federal Supplemental Security Income (SSI) program, CAPI does not count all of your income. Instead it uses a Countable Income Calculation that includes only some of your unearned income and less than half of your earned income.
¿Dentro de qué plazo seré elegible para recibir los beneficios del CAPI?

Si se aprueba su solicitud, seguramente recibirá su pago al mes siguiente de haberla presentado.
Si necesita ayuda antes de recibir los beneficios del CAPI, puede presentar una solicitud para la Asistencia General (GA/GR, por su sigla en inglés) por medio del contacte a la agencia de servicios sociales de su condado.
¿Puedo se elegible para los programas CAPI y de Seguridad de ingreso suplementario (SSI) al mismo tiempo?

No. Uno de los requisitos del CAPI es que usted no sea elegible para las prestaciones de la SSI. Sin embargo, podrá ser elegible para el CAPI mientras se procesa su solicitud para la SSI.
¿Puedo ser elegible para el CAPI y la cobertura médica de Medi-Cal (Medicaid) al mismo tiempo? 

Sí. Puede llenar una solicitud para Medi-Cal cuando presente la del CAPI, y puede ser elegible para conseguir la cobertura de Medi-Cal mientras recibe los beneficios del CAPI.
¿Cómo puedo mantener la afiliación/los requisitos para el programa CAPI?

Para mantener la afiliación al programa CAPI deberá continuar reuniendo los requisitos de ingresos, bienes y residencia. Se vuelve a determinar sus requisitos cada 12 meses.
¿Cuál es la diferencia entre los programas CAPI y de Seguridad de ingreso suplementario (SSI)? 

CAPI es un programa alternativo a la Seguridad de ingreso suplementario (SSI) para las personas que no reúnen los requisitos para la SSI debido al estado migratorio.
El monto de los beneficios de CAPI es $10 menos que los pagos correspondientes de la SSI para los individuos y $20 menos para las parejas. Por ejemplo, el pago de la SSI para los individuos discapacitados durante el año 2025 es de $1,206.94, o sea que el monto del beneficio del CAPI es de $1,206.94.
¿Se deben reunir ciertos requisitos de inmigración para el CAPI?

Para ser beneficiario del CAPI, usted debe ser un extranjero cualificado o esar comprendido por la Ley para los residentes permanentes en los Estados Unidos con la autorización del Departamento de Seguridad Nacional (PRUCOL).
¿Los ingresos de mi cónyuge o mi patrocinador afectan mis requisitos para el Programa de Asistencia con Efectivo para Inmigrantes? 

Sí. Si ingresó en los Estados Unidos con la ayuda de un patrocinador, los ingresos de éste pueden afectar sus requisitos para el CAPI. Este proceso se llama valoración. Para consultar más detalles, lea las normas de ingresos atribuidos del CAPI.
¿Cuándo no se toman en cuenta el ingreso y los bienes de mi patrocinador y de su cónyuge para determinar si reúno los requisitos para el CAPI?

En general, si tiene un patrocinador, se toman en cuenta el ingreso y los bienes de éste para determinar sus requisitos para el CAPI. También se consideran el ingreso y los bienes del cónyuge del patrocinador. Este proceso se llama valoración de bienes e ingresos.
Los ingresos y bienes de su patrocinador no se tomarán en cuenta si usted:
- Es víctima de maltrato, si es un hijo víctima de maltrato o si es un padre cuyo hijo es víctima de maltrato; O
- no puede satisfacer sus necesidades básicas y, por lo tanto, reúne los requisitos para acceder a la excepción por indigencia
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Dificultades frecuentes
Cómo presentar una solicitud para la Asistencia general (GA/GR) en vez del programa CAPI
Muchos individuos que presentan una solicitud para la GA/GR pueden, en realidad, ser beneficiarios del CAPI. Es importante comprender la diferencia entre la GA/GR y el CAPI. La GA/GR es una ayuda temporal, mientras que el CAPI se puede usar por un periodo más prolongado y provee un subsidio en efectivo mayor. Sin embargo, el hecho de que usted reúna los requisitos para la GA/GR no significa que sea elegible para CAPI.
Escasa información sobre el CAPI
Algunos Departamentos de Bienestar Público, como los de Los Ángeles DPSS, tienen mucha información sobre el CAPI. Esto se debe, en parte, a la gran cantidad de inscripciones en el programa CAPI. Sin embargo, muchos condados no cuentan con materiales escritos ni electrónicos que expliquen el programa CAPI.
Requisitos para otros programas porque tiene derecho a recibir el CAPI.
Si está recibiendo los beneficios del CAPI, usted puede ser elegible para otros programas, tales como Medi-Cal, los Servicios de Ayuda en el Hogar (IHSS) o CalFresh. Para afiliarse a estos programas, debe llenar una solicitud por separado y reunir los requisitos establecidos. El CAPI no está vinculado con otros programas. La inscripción en uno de estos programas no garantiza que usted reúna los requisitos para el CAPI. Sólo puede acceder al CAPI los individuos que no son elegibles para la SSI debido a su estado migratorio.
Menores posibilidades de obtener la residencia permanente
El hecho de recibir los beneficios del CAPI puede perjudicar su solicitud de residencia permanente. Cuando solicita la residencia permanente, usted debe demostrar que seguramente no deberá depender del gobierno para mantenerse en el futuro.
Ingresos del patrocinador
Si su patrocinador firmó una declaración jurada de manutención, se podrán considerar los ingresos de su patrocinador cuando se analicen sus requisitos para el programa de Asistencia Monetaria para Inmigrantes.
Las normas de ingresos atribuidos del CAPI pueden ser confusas. Las normas de ingresos atribuidos de este programa pueden variar según: el tipo de declaración jurada de asistencia que su patrocinador haya firmado en la fecha que ingresó en los EE. UU., si el patrocinador ha fallecido, o está discapacitado, o lo ha maltratado.
Para obtener mayor información sobre las normas de ingresos atribuidos de los patrocinadores, visite el sitio web California Immigrant Policy Center.
Confusión entre los requisitos de la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) y los del CAPI
La única forma en que puede acceder al CAPI es que usted no reúna los requisitos para la SSI debido a su estado migratorio.
Presentación de una petición personal si es víctima de maltrato
Si es víctima de maltrato, no se consideran los ingresos de su patrocinador cuando se analizan sus requisitos. Para aprovechar esta protección, debe presentar su petición personal ante el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por su sigla en inglés). Para obtener más información sobre la forma de presentar su petición personal, visite el sitio web de los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los EE. UU.
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Recursos
Obtenga más información
El Departamento de Servicios Sociales del Condado de Los Ángeles tiene una excelente página de recursos del CAPI con catálogos, folletos informativos, manuales de políticas y respuestas a preguntas frecuentes. Algunos de estos materiales están inglés, español y otros idiomas.
Hay líneas de atención permanente que ofrecen información sobre el CAPI, en general en varios idiomas:
-
California del norte y condado de Orange: 1-800-929-8118
-
Condado de Alameda: 650-802-7668
-
Otros condados del área de la bahía: 1-800-648-0954
-
Condado de Los Ángeles: 1-213-738-4311
El Departamento de Servicios Sociales de California tiene un sito web sobre CAPI.
Haga clic aquí para una tabla que enumera las normas actuales de pago del CAPI.
Recursos para inmigrantes y beneficios
El Centro Nacional sobre el Derecho de Inmigración (National Immigration Law Center (NILC) es un centro de asistencia nacional cuya misión es proteger y promover los derechos y las oportunidades de los inmigrantes de bajos ingresos y sus familiares. El personal de NILC se especializa en leyes de inmigración, así como en los derechos al empleo y las prestaciones públicas de los inmigrantes. Su página de Educación Comunitaria tiene enlaces con los materiales preparados por el NILC, la Cooperativa de Bienestar Público para Inmigrantes de California (California Immigrant Welfare Collaborative, CIWC) y los organismos nacionales sin fines de lucro que se ocupan de los temas de interés para los inmigrantes de bajos ingresos.
La California Immigrant Policy Center brinda información sobre las prestaciones públicas para los inmigrantes en California.
Los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los EE. UU. (USCIS) provee servicios y beneficios de inmigración. Entre ellos, otorgar la ciudadanía estadounidense a las personas que reúnen los requisitos para naturalizarse, autorizar a los individuos a residir permanentemente en los EE. UU. y autorizar a los inmigrantes a trabajar en los Estados Unidos. Los USCIS eran conocidos anteriormente como el Servicio de Inmigración y Naturalización (INS, por su sigla en inglés).
Cómo localizar a planificadores de beneficios
Si actualmente recibe Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI), o Beneficios por Discapacidad en la Niñez (CDB), y está buscando trabajo, un/a Planificador/a de beneficios capacitado/a puede ayudarle a evitar problemas con su plan de trabajo. Si necesita ayuda o tiene preguntas acerca de su situación, puede llamar a la línea de ayuda del Programa Boleto para Trabajar al 1-866-968-7842 o al 1-866-833-2967 (TTY) de lunes a viernes.
Vea la lista completa de DB101 de expertos que pueden ayudarle a entender los distintos beneficios.
Organizaciones comunitarias
Varias organizaciones comunitarias ofrecen personal que trabaja con las personas en una variedad de opciones relacionadas con los programas de asistencia de ingresos y salud federales y estatales, públicos y privados. El asesoramiento sobre los beneficios, como un servicio comunitario, es un área emergente de servicios de expertos con distintos niveles disponibles. Algunas organizaciones pueden trabajar con ciertos grupos demográficos, mientras que otras trabajan con todo tipo de individuos discapacitados.
Los servicios de Goodwill Industries varían desde una evaluación personal y capacitación en tareas de oficina hasta asesoramiento sobre carreras, servicio de guardería y transporte. Algunos de estos centros brindan Asistencia para la planificación de beneficios y Alcance comunitario relacionado con el trabajo para los beneficiarios del Seguro Social y Medicare.
Encuentre las oficinas visitando el sitio web www.Goodwill.org o llamando al 1-800-466-3945.
La California Foundation for Independent Living Centers (Centros Independientes para la Vida Independiente) enumera los centros que asisten a todo tipo de individuos discapacitados. Muchos de estos centros brindan asistencia para la planificación de beneficios y Alcance comunitario relacionado con el trabajo para los beneficiarios del Seguro Social y Medicare. La mayoría de los centros independientes pueden recomendar programas de beneficios locales a las personas que llaman, si ellos no los prestan.
Lea la lista de centros independientes en el sitio web www.CFILC.org o llame al 916-325-1690 o 916-325-1695 (TTY).
La Oficina sobre el SIDA del Departamento Estatal de Salud Pública de Califormia tiene una lista de 1,300 organizaciones que ofrecen servicios relacionados con VIH/SIDA en todo el estado de California. Estos servicios pueden incluir manejo de casos, planificación de beneficios, y asesoría de beneficios de programas públicos y privados. Puede hacer una búsqueda en línea, o por teléfono en el 1-800-367-AIDS (2437) o por TTY en el 1-888-225-AIDS (2437).
Disability Rights California, un programa subsidiado federalmente en todos los estados, que proporciona representación para los consumidores de programas públicos que están discapacitados. Las publicaciones en el sitio web incluyen temas sobre la atención médica, programas de beneficios y Servicios de apoyo en el hogar.
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