Medi-Cal

La elegibilidad y la solicitud

Usted puede pensar en Medi-Cal como un único sistema al cual puede acceder de muchas maneras que se denominan categorías de elegibilidad. Por ejemplo, el programa Medi-Cal vinculado con la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) es una categoría de elegibilidad que permite a las personas que califican para la SSI obtener automáticamente la cobertura de Medi-Cal. Hay más de 90 categorías de elegibilidad, cada una de las cuales tiene sus propias normas y requisitos. Una vez reunidos los requisitos de una categoría de elegibilidad, usted puede calificar para el sistema Medi-Cal de servicios integrales o parciales.

DB101 describe las cuatro categorías más frecuentes entre las personas con discapacidad:

  • Si su familia tiene un ingreso de 138% o menos del índice Federal de Pobreza (FPG) (266% del FPG si es un menor), podría calificar para Medi-Cal por motivos de ingreso.
  • Si califica para la SSI, usted reúne automáticamente los requisitos para el programa Medi-Cal vinculado con la SSI.
  • Si es una persona de la tercera edad o está discapacitada, puede ser elegible para el programa Medi-Cal del Índice Federal de Pobreza para Personas de la Tercera Edad y Discapacitadas.
  • Si está discapacitado y tiene trabajo, puede ser elegible para el Programa para Trabajadores Discapacitados de California. " Con este programa, puede tener ingresos contables de hasta el 250% del Índice Federal de Pobreza. Observación: Antes, el Programa de Medi-Cal para Trabajadores Discapacitados tenía una prima mensual. Desde el 1 de julio de 2022, ya no tiene prima. Obtenga más información sobre este cambio.
  • Si es una persona de la tercera edad, ciega/o, o está discapacitado/a, pero sus ingresos son demasiado altos para otros programas de Medi-Cal, puede ser elegible para el programa Medi-Cal para las Personas de la Tercera Edad, Ciegas y Discapacitadas con Necesidades Médicas. En este programa, usted debe pagar un monto determinado de su bolsillo antes de que Medi-Cal empiece a cubrir los servicios médicos. Este pago se llama costo compartido.

Cómo solicitar Medi-Cal

Hay distintas formas de solicitar Medi-Cal:

Aclaración: Si recibe Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) o lo tenía y ahora recibe SSI 1619(b), recibirá cobertura de Medi-Cal automáticamente. No tiene que solicitar Medi-Cal.

Medi-Cal y los inmigrantes

Desde el 1 de enero de 2024, todos los inmigrantes en California pueden tener cobertura de Medi-Cal, si cumplen con los demás requisitos del programa.

Si usted es inmigrante y no está seguro sobre cuáles beneficios podría recibir, comuníquese con una organización en su área que trabaje con inmigrantes.

Si se le aprueba

Por lo general, si se le aprueba la cobertura de Medi-Cal, usted recibe su cobertura médica por medio de un programa de salud administrado. Hay distintos programas de salud administrados en cada condado que son administrados por compañías aseguradoras y organizaciones locales sin fines de lucro.

Tener Medi-Cal a través de un programa de salud administrado significa que tiene un médico primario a quien acude para la mayoría de sus necesidades médicas. Cuando necesite acudir a un especialista o hacerse un estudio, por lo general recibirá un referido de su médico primario. Con los programas de salud administrados, tiene opciones limitadas a la hora de escoger especialistas y hospitales a los que puede acudir, pero si tiene una emergencia, puede ir a cualquier hospital.

Observación: Si no tiene Medi-Cal a través de un programa de atención administrado, probablemente tendrá que cambiarse a uno en el futuro.

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