Medi-Cal

Preguntas Frecuentes

Si reúne los requisitos de una categoría de elegibilidad de Medi-Cal, también llamados programas, puede ser elegible para Medi-Cal. Hay muchos programas de Medi-Cal, cada uno de los cuales establece requisitos exclusivos. El Db101 brinda información detallada sobre los siguientes programas de Medi-Cal:

Relacionado con la SSI

  • Índice Federal de Pobreza para Personas de la Tercera Edad y Discapacitadas
  • Para Trabajadores Discapacitados
  • Programa para las personas de la tercera edad, ciegas y discapacitadas con necesidades médicas

Para obtener información sobre otras categorías de elegibilidad, comuníquese con un planificador de beneficios o un empleado de Medi-Cal especializado en elegibilidad de su agencia de servicios sociales del condado.

Medi-Cal ofrece cobertura para consultas médicas, internaciones hospitalarias, medicamentos recetados, tratamientos de rehabilitación y otros servicios médicos. Algunos de los programas de Medi-Cal permiten acceder a todos estos servicios (Medi-Cal de servicios integrales) mientras que otros proveen sólo algunos de ellos (Medi-Cal de servicios parciales). Para ver una lista más detallada de los servicios de Medi-Cal, consulte la definición de la cobertura de Medi-Cal de servicios integrales en el glosario.

Si tiene Medi-Cal y ciertas condiciones médicas, es posible que también pueda acceder a otras categorías de Medi-Cal, entre ellas:

Lea los Otros Servicios de Medi-Cal para conocer más detalles.

Hay tres formas distintas de solicitar Medi-Cal:

Aclaración: Si recibe Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) o lo tenía y ahora recibe SSI 1619(b), recibirá cobertura de Medi-Cal automáticamente. No tiene que solicitar Medi-Cal.

Hay muchas formas de proteger su cobertura de Medi-Cal. Lo primero que debe considerar es cambiar la categoría de elegibilidad. Por ejemplo, si pierde su cobertura de Medi-Cal porque el salario de un nuevo trabajo es demasiado alto, puede presentar una solicitud para el Programa para Trabajadores Discapacitados de California.

Si es beneficiario de la SSI, hay dos programas que pueden ayudarlo a mantener su cobertura de Medi-Cal cuando sus ingresos contables exceden el límite. Si sus ingresos contables son demasiado altos porque usted se reincorpora al trabajo, las disposiciones 1619(b) protegen su cobertura de Medi-Cal. Si supera el límite debido al aumento de las prestaciones del SSDI según el costo de vida y pierde su SSI, la Enmienda Pickle le permite mantener su cobertura.

Sí. La inscripción en una cobertura médica privada no pondrá en peligro su participación en este programa, sino que le permite acceder a proveedores o servicios que pueden no estar cubiertos por Medi-Cal solamente. Si tiene una cobertura médica privada y cumple con los requisitos para Medi-Cal, es probable que pueda acceder al programa Medi-Cal/HIPP, en el cual se pagan las primas de su seguro.

Si tiene una cobertura médica privada y Medi-Cal al mismo tiempo, los servicios se facturan primero al seguro médico privado. Después de que éste paga o rechaza una reclamación, se facturan los servicios a Medi-Cal, que paga aquellos que cubre.

Aclarción: No puede recibir subsidios del gobierno para comprar plan médico individual en Covered California si está recibiendo Medi-Cal.

La eligibilidad para Medi-Cal depende de su estatus migratorio:

  • Los inmigrantes que han sido residentes legales durante cinco años o más o cumplen con algunos requisitos específicos como no ciudadanos, califican para todos o algunos de los mismos programas que los ciudadanos.
  • Los niños inmigrantes que tienen 18 años o menos pueden tener cobertura de Medi-Cal, si cumplen con los demás requisitos del programa.
  • Los adultos inmigrantes indocumentados que tienen 19 años o más no califican para recibir cobertura completa de Medi-Cal, a menos que hayan tenido cobertura de Medi-Cal desde antes del 1 de enero de 2026. De lo contrario, podrían calificar para cobertura de Medi-Cal para emergencias o durante el embarazo.

Si no está seguro de si califica o no, comuníquese con una organización en su área que trabaje con inmigrantes.

Nota: Las reglas de Medi-Cal para inmigrantes indocumentados de 19 años o más están cambiando. Los adultos indocumentados que fueron aprobados para Medi-Cal antes del 1 de enero de 2026 pueden seguir recibiendo Medi-Cal. Después del 1 de enero de 2026, los adultos indocumentados que soliciten Medi-Cal solo podrán obtener Medi-Cal de emergencia. El 1 de julio de 2026, la cobertura dental termina para algunos inmigrantes. El 1 de julio de 2027, algunos inmigrantes comienzan a pagar una prima mensual de $30 por Medi-Cal. Obtenga más información de DHCS.

Sí. Medi-Cal está diseñado para ayudarle a trabajar. Si comienza a ganar dinero y aumentan sus ingresos, existen programas y reglas que le ayudará a seguir cubierto:

  • Si tiene una discapacidad y trabaja, puede cambiarse a el Programa para Trabajadores Discapacitados. Tendrá que comenzar a pagar por su cobertura de Medi-Cal, pero el monto es bajo en comparación con el ingreso que gana.
  • Si recibe cobertura Medi-Cal vinculada con SSI, y su beneficio de SSI se reduce a cero porque regresó a trabajar, puede continuar con su cobertura de Medi-Cal conforme a las disposiciones de una sección de las regulaciones del SSI llamada 1619(b).
  • Si recibe cobertura Medi-Cal vinculada con SSI e incrementa su SSDI o CDB sus beneficios y deja de calificar para SSI, puede continuar con su cobertura de Medi-Cal gracias a una regla llamada Pickle Amendment.
  • Si su ingreso incrementa demasiado, de modo que ninguna de estas reglas le ayudan a continuar con cobertura de Medi-Cal y no puede obtener cobertura por medio de un empleador, podría calificar para obtener ayuda del gobierno para pagar un plan médico privado en Covered California. Podría obtener esta ayuda si tiene ingreso familiar entre el 138% y el 400% del Índice Federal de Pobreza ($62,600 si es una persona sola; $128,600 en el caso de una familia de cuatro). Consulte el artículo de DB101 Buying Health Coverage on Covered California para obtener más información.

Este programa ofrece una cobertura sin costo de Medi-Cal de servicios integrales para las personas de la tercera edad o discapacitadas que reúnen los requisitos de ingresos y recursos establecidos. Las personas invidentes también son elegibles, pero se debe determinar que están discapacitadas.

Es requisito de este programa que los ingresos contables totales (menos una asignación para las necesidades de manutención y las primas del seguro médico, dental y oftalmológico) sean menores que $1,800 para un individuo y $2,433 para una pareja.

Sí, sus recursos podrían afectar su elegibilidad para Medi-Cal, dependiendo en cómo califica para Medi-Cal. Las categorías de Medi-Cal basadas únicamente en ingresos no tienen ningún límite sobre los recursos, pero las categorías que se basan en la discapacidad los miran, incluyendo el Programa para Trabajadores Discapacitados.

Para las categorías de Medi-Cal basadas en discapacidad, puede tener hasta $130,000 en recursos ($195,000 para las parejas). Algunos de sus recursos, como su casa y su auto, no se consideran. Haga clic aquí para ver una lista de otras excepciones.

Sus recursos incluyen:

  • Cuentas de cheques y ahorro
  • El valor de acciones, bonos y escrituras de fideicomiso, y
  • Autos (si posee más de uno) o vehículos recreativos.

Nota: Si tiene una discapacidad que comenzó antes de que cumplió los 46 años, puede abrir una cuenta ABLE donde puede ahorrar dinero sin que el programa de Medi-Cal lo cuente. Obtenga más información sobre las cuentas ABLE en DB101.

Límites de recursos de Medi-Cal y los MSP

El 1 de enero de 2026, los límites de recursos (bienes) de Medi-Cal y los Programas de Ahorros de Medicare (MSP) se fijaron en $130,000 para individuos, más $65,000 por cada persona adicional en el mismo hogar.

Estos límites aplican a Medi-Cal a través de A&D FPL, el Programa para Trabajadores Discapacitados (WDP) y ABD–MN, así como a los MSP. Medi-Cal por ingreso sigue sin límite, mientras Medi-Cal vinculado a SSI y Medi-Cal por 1619(b) siguen con el límite de $2,000 de SSI.

Durante 2024 y 2025, la mayoría de las categorías de Medi-Cal no tenían límites. Las personas que reciben Medi-Cal en una categoría con límite deben dar información sobre sus recursos en su próxima renovación anual, al igual que quienes soliciten Medi-Cal por primera vez.

Obtenga más información de DHCS.

Es un programa que brinda una cobertura sin costo de Medi-Cal de servicios integrales para los residentes de California que son elegibles para recibir las prestaciones de la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI). Si recibe SSI, no necesita presentar una solicitud para Medi-Cal; lo recibirá automáticamente.

El programa para Personas con Necesidades Médicas de Medi-Cal ofrece el alcance completo de servicios de Medi-Cal a las personas de la tercera edad, invidentes o discapacitadas cuyos ingresos superan los niveles de calificación para los programas sin costo de Medi-Cal. De acuerdo con el programa, usted debe pagar un costo compartido mensual, el cual se parece en principio a un copago mensual.

Esta categoría de calificación para Medi-Cal suele denominarse "share of cost" Medi-Cal. El costo compartido es más costoso que el Programa para Trabajadores Discapacitados si usted trabaja.

Esto significa que usted debe pagar una porción de sus gastos médicos de su propio bolsillo, es decir, que usted abona los primeros gastos médicos de cada mes, hasta alcanzar el importe del costo compartido.

Primero, haga el cálculo de ingresos contables para determinar sus ingresos contables.

Luego, reste los pagos de las primas del seguro médico, dental y oftalmológico.

Por último, reste a la cifra resultante el nivel de las necesidades de manutención (MNL) para el tamaño de su grupo familiar: Si es una familia unipersonal, reste $600; si son dos personas, $750; si son dos adultos o 1 adulto y 2 niños, $934; si son 4 personas, $1,100; si son 5 personas, $1,259; si son 6 personas, $1,417; si son 7 personas, $1,550; y si son 8 personas, $1,692.

La cifra obtenida después de hacer este cálculo es la cantidad que debe abonar al principio de cada mes antes de que Medi-Cal comience a pagar los servicios. La cifra de $600 es el nivel de las necesidades de manutención de Medi-Cal.

El programa WDP ofrece una cobertura Medi-Cal de servicios integrales a los trabajadores discapacitados cuyos ingresos son demasiado altos para acceder a otras categorías de Medi-Cal. En este programa, sus ingresos contables pueden alcanzar hasta el 250% del Índice Federal de Pobreza y seguir recibiendo los beneficios de Medi-Cal. Observación: Antes, el Programa de Medi-Cal para Trabajadores Discapacitados tenía una prima mensual. Desde el 1 de julio de 2022, ya no tiene prima. Obtenga más información sobre este cambio.

Requisitos:

  1. Debe adecuarse a la definición de discapacidad de Medi-Cal. Su ingreso devengado no se considera cuando se determina que existe o persiste una discapacidad.
  2. Sus ingreso contable total no debe exceder del 250% del FPL.
  3. Debe cumplir con los requisitos sobre recursos de Medi-Cal. Este programa de Medi-Cal no cuenta en dinero en cuentas de jubilacion, como las cuentas 401k, 403b, o de jubilación individual (IRA).
  4. Sus ingreso no devengado contable es menor que la tasa de beneficios de SSI/SSP apropiada; una vez más, los beneficios por discapacidad no se consideran.
  5. Debe estar trabajando.

No. Este programa aplica el cálculo de los ingresos contables para determinar sus ingresos. Además, para determinar sus ingresos contables, el programa WDP no considera los ingresos provenientes de beneficios por discapacidad públicos o privados (como SDI, SSI, SSDI, STD, LTD).

Nota importante: Las normas de ingresos atribuidos de ingresos y bienes de Medi-Cal se aplican cuando los ingresos familiares de un trabajador son combinados, por ejemplo, si el cónyuge también tiene ingresos.

El costo del Programa para Trabajadores Discapacitados es igual que Medi-Cal regular sin costos compartidos: no hay ninguna prima mensual, pero puede haber copagos pequeños para algunos servicios o medicamentos. Observación: Antes, el Programa de Medi-Cal para Trabajadores Discapacitados tenía una prima mensual. Desde el 1 de julio de 2022, ya no tiene prima. Obtenga más información sobre este cambio.

Utilice la Calculadora de Medi-Cal para Trabajadores Discapacitados para ver si cumple con los requisitos de este programa.

Sí, sus recursos podrían afectar su elegibilidad para el Programa para Trabajadores Discapacitados (WDP). Para WDP, puede tener hasta $130,000 en recursos ($195,000 para las parejas).

Sus recursos incluyen cuentas de cheques y ahorro, acciones, bonos y escrituras de fideicomiso. Algunos de sus recursos, como su casa y su auto, no se consideran. Haga clic aquí para ver una lista de otras excepciones. Para WDP, hay un par de tipos adicionales de recursos que no se cuentan:

  • No se consideran las cuentas de jubilación, como las 401(k), como recursos.
  • No se considera su ingreso devengado en el trabajo desde que comenzó su participación en este programa como recursos, siempre y cuando usted deposita ese dinero en una cuenta bancaria aparte.

Nota: Si tiene una discapacidad que comenzó antes de que cumplió los 46 años, puede abrir una cuenta ABLE donde puede ahorrar dinero sin que el programa de WDP lo cuente. Obtenga más información sobre las cuentas ABLE en DB101.

Límites de recursos de Medi-Cal y los MSP

El 1 de enero de 2026, los límites de recursos (bienes) de Medi-Cal y los Programas de Ahorros de Medicare (MSP) se fijaron en $130,000 para individuos, más $65,000 por cada persona adicional en el mismo hogar.

Estos límites aplican a Medi-Cal a través de A&D FPL, el Programa para Trabajadores Discapacitados (WDP) y ABD–MN, así como a los MSP. Medi-Cal por ingreso sigue sin límite, mientras Medi-Cal vinculado a SSI y Medi-Cal por 1619(b) siguen con el límite de $2,000 de SSI.

Durante 2024 y 2025, la mayoría de las categorías de Medi-Cal no tenían límites. Las personas que reciben Medi-Cal en una categoría con límite deben dar información sobre sus recursos en su próxima renovación anual, al igual que quienes soliciten Medi-Cal por primera vez.

Obtenga más información de DHCS.

Este programa no da una definición específica de trabajo. Un trabajador discapacitado aceptado en este programa debe presentar una constancia de su empleo actual, la cual incluye los talones de cheques de pago o un certificado de trabajo emitido por su empleador.

Si es un trabajador autónomo, tendrá que presentar registros tales como las declaraciones del impuesto a la renta del IRS para comprobar que está trabajando. Además, los trabajadores autónomos tendrán que presentar el formulario 1099 del IRS como constancia de trabajo.

También se considerará que usted está trabajando -de acuerdo con este programa- si está gozando de sus vacaciones pagas o está con licencia por enfermedad.

Se recomienda que haga una cita con el coordinador del condado que está autorizado para trabajar en el programa WDP. El Departamento de Asistencia Sanitaria tiene una página web que enumera dónde encontrar una agencia de servicios sociales del condado.

Medi-Cal tiene solicitudes en once idiomas. Usted puede descargar una solicitud de Internet, pero tendrá que presentarla en persona o enviarla por correo regular.

Si está aceptado actualmente en otra categoría de elegibilidad de Medi-Cal, hable con su encargado de casos y pídale que lo transfieran a este programa.

Aunque ambos programas ofrecen una cobertura de Medi-Cal de servicios integrales, hay varias diferencias entre las disposiciones 1619 (b) de la SSI y el programa WDP de Medi-Cal. Las primeras le permiten mantener la cobertura de Medi-Cal en forma sin costo pero limita sus ingresos a la cifra de umbral establecida por el Estado y disponen normas especiales para los fondos de jubilación, los cuales a veces son excepciones que requieren la aprobación del Seguro Social. Por su parte, el programa WDP de Medi-Cal no impone limitaciones a los fondos de jubilación. Para ser elegible para la SSI, el Seguro Social requiere que usted esté imposibilitado para trabajar durante, al menos, doce meses. Esta norma no existe en el programa WDP y, por ello, usted puede trabajar aún estando discapacitado.

Comparación de los beneficios de las disposiciones 1619(b) y WDP

Sistema Medi-Cal:

Disposiciones 1619(b)

WDP

Costo

Ninguno

Ninguno. Observación: Antes, el Programa de Medi-Cal para Trabajadores Discapacitados tenía una prima mensual. Desde el 1 de julio de 2022, ya no tiene prima. Obtenga más información sobre este cambio.

Fondos de jubilación

Permitidos, tomando en cuenta las excepciones y aprobaciones pertinentes

Permitidos

Normas de elegibilidad inicial

Incapaz de trabajar por un periodo inicial de 12 meses después de recibir la SSI debido a una discapacidad. En general, los ingresos no pueden exceder la cifra de umbral establecida por el Estado.

Se puede trabajar por un periodo inicial de 12 meses con una discapacidad.

Cuando sus circunstancias cambien, es importante que repase qué categoría de requisitos de Medi-Cal puede ser la más económica para usted.

Si deja de trabajar, puede continuar con el Programa para Trabajadores Discapacitados de Medi-Cal durante hasta seis meses. Es posible también que comience a calificar para Medi-Cal gratis, por el cual no tendrá que pagar primas. Si se encuentra en esta situación, hable con un/a planificador/a de beneficios.

HIPP es la sigla en inglés de Pago de las Primas del Seguro Médico. El programa Medi-Cal/HIPP paga las primas de seguro médico privado para que los individuos que padecen una afección de tratamiento costoso puedan mantener su cobertura de salud privada en vez de contar exclusivamente con Medi-Cal.

A fin de calificar para el programa Medi-Cal/HIPP debe:

Las personas que no califican para el programa HIPP incluyen personas inscritas en:

Puede usarlo para pagar el costo de las primas del seguro médico privado. Medi-Cal cubre los servicios a los cuales no puede acceder con la póliza privada, además de los deducibles y copagos. Usted debe pagar su costo compartido antes de poder usar los servicios de Medi-Cal.

Usted debe presentar los siguientes documentos:

También