Beneficios para los jóvenes
- Puntos básicos
- La importancia de los beneficios
- Programas claves
- La elegibilidad para participar en programas claves
- La elegibilidad de los jóvenes para recibir beneficios de SSI
- La elegibilidad de los jóvenes para obtener la cobertura de Medi-Cal
- La elegibilidad de los jóvenes para participar en el Programa de Medi-Cal para Trabajadores Discapacitados
- La elegibilidad de los jóvenes para obtener cobertura médica privada
- Otros programas
- Recursos
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Otros programas
Hay muchos otros programas de beneficios en los que usted posiblemente podrá participar. Si no está recibiendo beneficios de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), es probable que tenga derecho a recibir CalFresh y CalWORKs, si sus ingresos y el valor de sus recursos son lo suficientemente bajos.
Según sus circunstancias, es posible que dos programas del Seguro Social le den beneficios basados en las contribuciones hechas por su madre y/o padre mientras trabajaba(n): Beneficios para menores y Beneficios por Discapacidad desde la Niñez (CDB).
Un tercer grupo de programas, entre ellos, las cuentas ABLE, el programa de Cuentas de Desarrollo Individual (IDA) y el del Crédito tributario por ingreso del trabajo (EITC), le ayudarán a ahorrar dinero u otros recursos sin perder sus beneficios.
CalFresh y CalWORKs
El programa de CalFresh, llamado a veces el Programa de Asistencia en Nutrición Complementaria (Supplemental Nutrition Assistance Program - SNAP), ayuda a las personas con bajos ingresos y pocos recursos a pagar la comida. El programa de CalFresh se llamaba antes Estampillas de Comida, pero ese título se cambió y el programa funciona ahora de manera algo diferente. En vez de utilizar estampillas, uste recibe una tarjeta de plástico llamada una tarjeta de Transferencia Electrónica de Beneficios (Electronic Benefits Transfer - EBT), la cual se parece a una tarjeta de débito y funciona de la misma manera. El Estado de California recarga la tarjeta EBT con dinero cada mes y usted utiliza la tarjeta para pagar la comida.
El programa de CalWORKs da dinero a familias que no tienen suficientes ingresos para pagar sus necesidades básicas, como, por ejemplo, alimentos, ropa y alquiler. CalWORKs define el término “familia” como una madre y/o un padre que vive(n) con su(s) hijo(s) menores de 18 años de edad. La edad límite es 19 años para menores que van a la escuela de tiempo completo. Una familia podría incluir hijas e hijos biológicos, hijastros e hijastras, menores adoptados y los hijos de parientes. Para obtener más detalles, lea el artículo de DB101 sobre CalWORKs.
Para participar en el programa de CalFresh o en CalWORKs, usted debe tener ingresos bajos y recursos limitados. Hay dos maneras de solicitar la participación en estos programas:
- En línea, utilizando BenefitsCal
- Pidiendo el formulario de solicitud en la agencia de servicios sociales del condado en su comunidad y completándolo allí.
Usted puede solicitar la participación en el programa de CalFresh y CalWORKs al mismo tiempo, y también puede la cobertura de Medi-Cal. Si necesita ayuda para completar un formulario de solicitud, hable con un/a planificador/a de beneficios.
Los beneficios para menores (solamente personas que tienen menos de 19 años de edad)
La manera más común en que los adultos obtienen beneficios del Seguro Social, como, por ejemplo, beneficios del Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI) o beneficios de jubilación, es por medio de su trabajo y sus contribuciones al fondo de fideicomiso del Seguro Social.
Para la gente joven, sin embargo, lo más común para obtener beneficios del Seguro Social es comprobar su derecho a recibir Beneficios para Menores. No es necesario tener una discapacidad pero los menores deben:
- Tener menos de 18 años de edad (o 19 años si asiste a una escuela secundaria o cursa estudios secundarios de otra manera)
- No estar casado/a
- Tener una madre o un padre que recibe beneficios de jubilación del Seguro Social o beneficios de SSDI. Aunque su madre o padre ya haya fallecido, es posible que usted sea elegible.
Observación: Usted recibe beneficios para niños en cualquier mes en que sus padres reciban el beneficio de discapacidad o de jubilación del Seguro Social, o si uno de sus padres fallece y habría calificado para recibir beneficios. Por ejemplo, si uno de sus padres se encuentra en un período probatorio de trabajo de la SSDI, usted seguirá recibiendo beneficios para niños, pero durante el período extendido de derecho, solo recibirá el beneficio para niños en cualquier mes en que su padre o madre reciba beneficios de la SSDI. Procure informarle al Seguro Social si su familia se encuentra en tal situación.
Usted puede solicitar Beneficios para Menores visitando una oficina local del Seguro Social, o bien, llamando al 1-800-772-1213 o al 1-800-325-0778 (TTY). Si tiene preguntas relacionadas con este tema, hable con un/a planificador/a de beneficios.
Beneficios por Discapacidad en la Niñez (CDB) (solo para personas que tienen 18 años o más de edad)
Si usted tiene una discapacidad, es posible que tenga derecho a recibir dinero cada mes a través del programa de Beneficios por Discapacidad en la Niñez (Childhood Disability Benefits - CDB).
Los beneficios CDB se basan en el historial de trabajo de su madre y/o padre. Usted podrá recibir beneficios CDB si tiene 18 años de edad o más. Para recibir beneficios CDB, debe también:
- Haberse discapacitado antes de cumplir 22 años de edad
- No estar casado/a, a menos que su cónyuge también reciba beneficios de SSDI o beneficios CDB
- Cumplir con la definición de discapacidad aplicada a los adultos y
- Tener una madre o un padre que recibe beneficios de jubilación del Seguro Social o beneficios de SSDI. Aunque su madre o padre ya haya fallecido, es posible que usted sea elegible.
Usted no recibe beneficios CDB automáticamente cuando cumple 18 años. Los puede solicitar visitando la oficina local del Seguro Social, o bien, llamando al 1-800-772-1213 o al 1-800-325-0778 (TTY).
Si está recibiendo beneficios CDB, también podrá obtener la cobertura médica de Medicare después de un período de espera de dos años.
Para obtener más información sobre los beneficios CDB, hable con un/a planificador/a de beneficios.
Programas para el desarrollo de bienes
Los programas para el desarrollo de bienes son programas de beneficios de otro tipo, diseñados para ayudarle a ahorrar el dinero que usted haya ganado. En lugar de enviarle un cheque o pagar sus gastos médicos, los programas para el desarrollo de bienes le ayudan a ahorrar dinero para pagar sus propios gastos, como, por ejemplo, su educación, la compra de un auto o hasta la jubilación.
Cuentas ABLE
Si tiene una discapacidad que comenzó antes de que usted se cumplió los 26 años, puede abrir una cuenta ABLE donde puede ahorrar hasta $100,000 en recursos que no serán contadas por la SSI. Las cuentas ABLE significan que si tiene trabajo, puede ahorrar algo de dinero sin perder sus beneficios. Además, el dinero en una cuenta ABLE tiene ventajas tributarias (de impuestos) parecidas a las ventajas que tienen las cuentas de jubilación.
Hay unas cuantas reglas para abrir una cuenta ABLE:
- Solo puede abrir una cuenta ABLE por medio de un programa o institución designado por el estado.
-
Solo puede abrir una sola cuenta ABLE.
- El programa de cuentas ABLE de California se llama CalABLE.
- Puede optar por abrir una cuenta en el programa ABLE de otro estado.
- Usted y las otras personas que contribuyen a su cuenta tienen un límite sobre cuánto pueden depositar en un año. El límite combinado es de $18,000 en 2024.
-
El dinero en una cuenta ABLE tiene que usarse para ciertos gastos calificados, como:
- Educación
- Vivienda
- Transporte
- Ayuda para obtener y conservar un empleo
- Atención médica
- Tecnología de asistencia, y
- Otros gastos aprobados.
Obtenga más información sobre las cuentas ABLE.
Las Cuentas de Desarrollo Individual (Individual Development Accounts - IDA)
Una cuenta IDA le ayudará a ahorrar dinero para alcanzar una meta específica, como, por ejemplo, comprar una casa, inaugurar un pequeños negocio o pagar los costos de su educación. La gran ventaja de una cuenta IDA es que por cada dólar que usted ahorra, el banco u otra institución financiera donde usted tiene su cuenta hará contribuciones de igualación. Por ejemplo, si usted ahorra $50 por mes, la institución financiera podría contribuir $100 por mes. El monto que contribuirá depende de la institución, pero a veces, ¡la institución depositará más dinero que usted en su cuenta!
Nota: Ya no hay tantos programas IDA como antes. Algunos siguen, pero puede ser necesario hacer un esfuerzo para encontrar un programa que está aceptando nuevos participantes.
Para abrir una cuenta IDA:
- Usted debe tener bajos ingresos y
- El dinero que usted contribuye debe ser dinero que ganó trabajando y no de un cheque de beneficios, de su madre y/o padre o de otra fuente.
Si usted está recibiendo beneficios de SSI, es muy importante que abra una cuenta IDA que tenga financiamiento del gobierno federal a través del programa de Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF) o conforme a la Ley de bienes para la independencia (AFIA). (No es necesario que esté recibiendo beneficios de TANF para participar en un programa de IDA financiado por el gobierno federal.)
El programa SSI no toma en cuenta dinero depositado en cuentas IDA financiadas por el gobierno federal; por lo tanto, lo que usted ahorre en su cuenta IDA no causará la reducción o terminación de sus beneficios de SSI.
Si usted abre una cuenta IDA sin financiamiento del gobierno federal (por ejemplo, una cuenta financiada por una organización sin fines de lucro o una compañía privada), el dinero depositado y las contribuciones de igualación en su cuenta IDA podrían afectar sus beneficios.
Las cuentas IDA son una herramienta para ahorrar dinero, pero usted debe asegurarse de abrir una cuenta IDA que no pondrá en riesgo sus beneficios. Para obtener más información, lea el artículo titulado Cuentas de Desarrollo Individual de DB101.
El Crédito tributario por ingreso del trabajo (Earned Income Tax Credit - EITC)
El Crédito tributario por ingreso del trabajo (EITC) da dinero a trabajadores y familias que tienen ingresos bajos o moderados. Hasta las personas que no ganan suficiente dinero como para pagar impuestos sobre la renta pueden tener derecho a recibir un cheque del Servicio de Rentas Internas (Internal Revenue Service - IRS) si comprueban su elegibilidad para recibir este crédito tributario.
Para ser elegible, el único requisito es que usted tenga ingresos de un empleo o de un trabajo por cuenta propia, o que esté recibiendo beneficios por discapacidad pagados por su empleador. Si sus ingresos son demasiado altos, no tendrá derecho a recibir el crédito.
Para recibir el Crédito tributario por ingreso del trabajo, usted debe presentar una hacer de sus impuestos, ¡aunque no tenga que pagar nada! Asegúrese de completar también el “Anexo EIC”. Este dinero es gratis y mucha gente no lo recibe ¡porque no saben que existe!
El monto de su crédito EITC dependerá del número de personas en su familia y de sus ingresos. El crédito máximo para el año 2024 (con una declaración presentada en o antes de abril de 2025) varía desde $2 hasta $7,830. ¡No deje de presentar una declaración de sus impuestos y solicitar este crédito!
Para obtener más detalles, lea el artículo de DB101 sobre el EITC.
También
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Medi-Cal
Medi-Cal es una cobertura para personas de bajo ingresos con y sin discapacidad.
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Ayuda experta
SSI y SSDI
1-800-772-1213
SSI, SSDI, y el trabajo:
-
Llame a Disability Rights California
1-800-776-5746 -
Llame al Programa del Boleto para Trabajar
1-866-968-7842 - Contacte a un/a consultor/a de incentivos de trabajo (WIPA)
Medi-Cal
- Contacte a su agencia de servicios sociales del condado
-
Llame a Disability Rights California
1-800-776-5746 -
Llame a la Health Consumer Alliance
1-888-804-3536
IHSS
Medicare
-
Llame a Medicare
1-800-633-4227 -
Llame al Programa de Asesoramiento y Defensa sobre Seguros Médicos (HICAP)
1-800-434-0222
California SDI
Preparación para trabajar
- Contacte a su oficina del Departamento de Rehabilitación (DOR)
- Contacte a su centro de trabajo AJCC (One-Stop)
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