Beneficios para los jóvenes
- Puntos básicos
- La importancia de los beneficios
- Programas claves
- La elegibilidad para participar en programas claves
- La elegibilidad de los jóvenes para recibir beneficios de SSI
- La elegibilidad de los jóvenes para obtener la cobertura de Medi-Cal
- La elegibilidad de los jóvenes para participar en el Programa de Medi-Cal para Trabajadores Discapacitados
- La elegibilidad de los jóvenes para obtener cobertura médica privada
- Otros programas
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La elegibilidad de los jóvenes para cobertura de Medi-Cal
Medi-Cal ayuda a las personas con bajos ingresos a pagar sus visitas a consultorios médicos, estadías en el hospital, medicamentos recetados, equipos médicos y otros servicios médicos. Seg[un su ingreso, edad, y si tiene una discapacidad, es ciego/a, o está embarazada, puede haber más de una manera en que califica para Medi-Cal. Si usted es elegible para recibir beneficios de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), es automáticamente elegible para recibir la cobertura de Medi-Cal y no necesita presentar una solicitud aparte.
Para obtener la cobertura médica de Medi-Cal, usted debe cumplir ciertas reglas. Al principio, estas reglas pueden parecer complicadas, pero son en realidad son bastante sencillas. Presentaremos primero las reglas que se aplican a los jóvenes menores de 19 años; luego presentaremos las que se aplican a quienes tienen 19 años de edad o más. Lea la sección sobre las reglas que le corresponda.
Hay diferentes maneras de solicitar Medi-Cal:
- En línea con BenefitsCal. BenefitsCal también le permite solicitar otros beneficios como CalFresh o CalWORKs a la vez.
- En línea con Covered California, un sitio donde puede aprender sobre sus opciones públicas y privadas para la cobertura médica.
- En persona en su agencia de servicios sociales del condado.
- Imprimiendo y llenando el formulario de solicitud (disponible en 11 idiomas) y enviándolo a su agencia de servicios sociales del condado.
Medi-Cal si usted tiene menos de 19 años de edad
Si usted tiene menos de 19 años de edad, podrá obtener la cobertura de Medi-Cal en una de dos maneras comunes. Puede ser elegible para obtenerla si:
- Está recibiendo beneficios de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)
- Su familia tiene bajos ingresos, y no importa si usted tenga o no tenga una discapacidad.
Si usted está recibiendo beneficios de SSI, será automáticamente elegible para Medi-Cal y no necesitará completar un formulario de solicitud adicional. Usted podrá obtener más información sobre la manera de tener derecho a recibir beneficios de SSI leyendo la sección de este artículo sobre la elegibilidad para SSI. Si tiene más preguntas relacionadas con la manera en que esto funciona, hable con un/a planificador/a de beneficios.
Si no recibe SSI, aun así podrá obtener Medi-Cal si vive en California y usted y su familia tienen ingreso bajo a moderado (266% del FPG o menos, que son $85,519 anuales para una familia de cuatro).
El factor clave en este caso es que los ingresos suyos y los de su familia no deben exceder del límite de ingresos aplicable a su situación familiar.
Personas en el hogar: | |
Límites de ingreso para su familia: | |
$15,060 | |
$5,380 | |
$15,060 | |
$5,380 | |
$15,650 | |
$5,500 | |
Medi-Cal por ingreso, adultos (138% FPG) | |
Medi-Cal por ingreso, niños (266% FPG) | |
Planes privados con subsidio, gastos reducidos (250% FPG) | |
Planes privados con subsidio (no tiene límite) | -- |
Si el ingreso de su familia está por debajo del límite para un programa, podría calificar, si cumple con los demás requisitos del programa.
Aclaraciones:
|
Si tiene entre 12 y 20 años de edad, puede solicitar cobertura del programa de Constimiento de Menores (Minor Consent) sin avisarles a sus padres. Al revisar su solicitud, este programa no tomará en cuenta el ingreso de sus padres, así que es más probable que cumplirá con los requisitos.
Este programa solo incluye tratamiento para:
- Enfermedades de transmisión sexual
- Abuso de drogas y alcohol
- Planificación familiar
- Aborto
- Agresión sexual
- Embarazo
- Tratamiento y asesoramiento de salud mental para pacientes ambulatorios
El condado de Los Angeles tiene una excelente página sobre este programa. Si desea obtener más información sobre este programa, comuníquesse con un/a planificador/a de beneficios.
Si usted tiene 17 años de edad o menos y está en crianza temporal (foster care), podría cumplir con los requisitos de Medi-Cal sin que importe la cantidad de dinero que esté ganando. Si tiene entre 18 y 20 años de edad y estaba en crianza temporal cuando cumplió 18 años de edad, es posible que usted también sea elegible para Medi-Cal sin que importe la cantidad de dinero que esté ganando.
Medi-Cal si tiene 19 años o más
Las reglas de Medi-Cal para quienes tienen 19 años de edad o más son un poco más complicadas que para las personas menores de 19 años. Si tiene 19 años o más, podría cumplir con los requisitos de Medi-Cal si está en por lo menos una de estas situaciones:
-
Tiene ingreso por debajo del 138% del Índice Federal de Pobreza (FPG) ($21,597 anuales si vive solo).
Personas en el hogar: Límites de ingreso para su familia:$15,060 $5,380 $15,060 $5,380 $15,650 $5,500 Medi-Cal por ingreso, adultos (138% FPG) Medi-Cal por ingreso, niños (266% FPG) Planes privados con subsidio, gastos reducidos (250% FPG) Planes privados con subsidio (no tiene límite) -- Si el ingreso de su familia está por debajo del límite para un programa, podría calificar, si cumple con los demás requisitos del programa.Aclaraciones:- Algunos tipos de ingreso no cuentan contra estos límites, incluyendo los beneficios de la SSI.
- A veces, diferentes programas utilizan cifras con diferencias pequeñas para el Índice Federal de Pobreza (FPG).
- Para los planes privados con subsidio, su prima mensual depende en su nivel de ingreso.
- Está embarazada y tiene ingreso por debajo del 213% de FPG ($45,050 anuales si vive sola y está embarazada con su primer hijo; el bebé se cuenta cómo miembro de la familia).
-
Recibe Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI). En este caso, automáticamente recibe Medi-Cal y no necesitará completar un formulario de solicitud adicional (vea la página sobre SSI de este artículo).
- Si recibe SSI y su ingreso sube lo suficiente para que ya no reciba un beneficio mensual de SSI, es posible que siga recibiendo cobertura de Medi-Cal a través de una regla de SSI que se llama 1619(b), siempre y cuando su ingreso no pasa de los $58,638 anuales ($60,663 si es ciego/a).
- Tiene ingreso bajo y tiene una discapacidad o es ciego/a.
Hay otras maneras de cumplir con los requisitos, pero estos son los más comúnes para los jóvenes.
Cómo funcionan las reglas de Medi-Cal por discapacidad cuando tiene 19 años o más
La cuarta situación indicada arriba es la más complicada. Después de que usted cumpla los 19 años, cuando Medi-Cal revisa su elegibilidad por discapacidad, cuenta el ingreso de usted, pero no de sus padres. El límite de ingreso exacto depende en su situación, por ejemplo, si está soltero o casado. Generalmente, si tiene una discapacidad y está soltero, el límite de ingreso es $1,732 mensuales, y es $2,351 para una pareja. Lo difícil es que Medi-Cal no cuenta todo su ingreso, así que es importante solicitarlo, porque podría calificar aunque usted piense que no va a calificar. Puede obtener más información sobre cómo se calcula su ingreso en el artículo de DB101 sobre Medi-Cal.
Estas son algunas de las razones que podría seguir recibiendo cobertura de Medi-Cal incluso si su ingreso se excede del límite:
- Cuando Medi-Cal examina su ingreso, solamente cuenta aproximadamente la mitad de lo que gana en el empleo. Ejemplo: Si gana $1,000 al mes en su trabajo y no tiene ningún otro ingreso, solamente tiene $457.50 en ingreso contable.
- Cuando Medi-Cal examina su ingreso, también reducirá la cantidad de ingreso indicada en su talonario de pago por la cantidad que gasta en gastos de trabajo relacionados con la discapacidad (IRWE) or gastos de trabajo de personas ciegas (BWE). Eso significa que si tiene que gastar en ciertas cosas que necesita para poder hacer su trabajo, como medicamentos o adaptaciones, debe avisarle a Medi-Cal sobre ellas, ya que podría ayudarle a calificar para la cobertura de Medi-Cal.
- Si gana más que el límite de ingreso de Medi-Cal, incluso después de excluir sus gastos en IRWE, todavía podría cumplir con los requisitos del Programa para Trabajadores Discapacitados de Medi-Cal (WDP), que tiene un límite de ingreso más alto. Se introduce el programa WDP en detalle más adelante en este artículo.
También puede usar la Calculadora de la escuela y el trabajo de DB101 para ver si podría cumplir con los requisitos del programa Medi-Cal.
El 1 de enero de 2024, los límites de bienes para Medi-Cal fueron completamente eliminados. Esto aplica a Medi-Cal por discapacidad a través de A&D FPL, WDP, y ABD–MN, y a los Programas de Ahorros de Medicare (MSP). Si le han negado Medi-Cal o un MSP por el nivel de sus bienes, trate de solicitarlos de nuevo.
Nota: Esto no cambia el Medi-Cal por SSI o 1619(b), ya que tienen el límite de bienes de $2,000 de la SSI. Ni tampoco cambia el Medi-Cal por ingreso, que nunca ha tenido límite de bienes.
También
La Calculadora de la escuela y el trabajo
¿Es jóven? Vea cómo trabajar y estudiar le pueden ayudar.
Medi-Cal
Medi-Cal es una cobertura para personas de bajo ingresos con y sin discapacidad.
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SSI, SSDI, y el trabajo:
-
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1-800-776-5746 -
Llame al Programa del Boleto para Trabajar
1-866-968-7842 - Contacte a un/a consultor/a de incentivos de trabajo (WIPA)
Medi-Cal
- Contacte a su agencia de servicios sociales del condado
-
Llame a Disability Rights California
1-800-776-5746 -
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1-888-804-3536
IHSS
Medicare
-
Llame a Medicare
1-800-633-4227 -
Llame al Programa de Asesoramiento y Defensa sobre Seguros Médicos (HICAP)
1-800-434-0222
California SDI
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