Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI)

Entender la decisión del Seguro Social

La Administración del Seguro Social (SSA) podría tomarse seis meses o más en decidir si usted tiene una discapacidad y debe recibir Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI). Una vez que tomen la decisión, le enviarán un aviso de determinación de discapacidad, el cual es una carta que indica si le aprobaron o denegaron su solicitud.

Esta carta puede ser confusa. Si tiene alguna pregunta, llame al Seguro Social al 1-800-772-1213 o al 1-800-325-0778 (TTY) o comuníquese con Disability Rights California.

Si no está de acuerdo con la decisión del Seguro Social, puede presentar una apelación.

Si le aprueban el SSDI

Si le aprueban el SSDI:

  • Los beneficios del SSDI comenzarán al menos cinco meses completos después de que haya comenzado su discapacidad. A esto se le denomina el período de espera.
    • Observación: Si se le aprueba el SSDI más de cinco meses después de que haya comenzado su discapacidad, podría recibir un pago retroactivo a la fecha en que terminó el período de espera de cinco meses. Ejemplo: Se le aprueba el SSDI ocho meses después de que haya comenzado su discapacidad, de modo que recibe en un solo pago el monto correspondiente a los últimos tres meses de su beneficio del SSDI (a partir del quinto mes desde que comenzó su discapacidad).
    • Observación: No hay período de espera para los Beneficios por Discapacidad en la Niñez (CDB).
  • El monto que reciba depende de su historial de ganancias del Seguro Social. Por lo general, mientras más haya trabajado y pagado impuestos del Seguro Social, más recibirá en beneficios de SSDI. En el caso de CDB, el monto se basa en el historial de trabajo del padre o madre y, en el caso de un viudo discapacitado, se basa en el historial de trabajo del cónyuge.
  • Sus beneficios del SSDI le llegan directamente a su cuenta bancaria cada mes. Si no tiene una cuenta bancaria, se pueden depositar los fondos del SSDI en una tarjeta de débito Direct Express que puede utilizar para hacer sus compras.
  • Sus hijos menores de 19 años también podrían calificar para recibir beneficios en base a su historial de trabajo en cualquier mes que reciba beneficios de SSDI. Su cónyuge también podría recibir beneficios si tiene 62 años o más o si cuida de un hijo menor de 16 años. No importa si tienen una discapacidad o no. Obtenga más información sobre estos beneficios.
  • La cobertura médica de Medicare comienza automáticamente después de que comience a recibir SSDI, CDB o beneficios para personas viudas discapacitadas por dos años (24 meses). Obtenga más información en el artículo sobre Medicare de DB101.
Ejemplo

La discapacidad de Silvio comenzó el 22 de abril de 2023, pero tiene que esperar cinco meses (mayo, junio, julio, agosto y septiembre) para que comiencen sus beneficios de SSDI. Recibiría su primer pago de SSDI en octubre de 2023, pero el SSDI envía pagos un mes después de que vencen, de modo que no recibirá su primer pago hasta noviembre de 2023.

Silvio tiene que esperar dos años más, hasta octubre de 2025, para obtener cobertura de Medicare. Mientras espera el Medicare, Silvio solicita Medi-Cal.

Medicare y Medi-Cal si recibe SSDI

Cuando tenga cobertura de Medicare, hay un par de formas en que también podría calificar para Medi-Cal.

  • Medi-Cal por discapacidad es para personas con discapacidad que tienen escasos ingresos y pocos recursos.
  • WDP es un programa de Medi-Cal para personas con discapacidad que han ganado más ingresos devengados y recursos.

Si califica para Medicare y Medi-Cal (o WDP) al mismo tiempo, tiene menos gastos médicos en general, porque Medi-Cal cubre algunos gastos médicos que Medicare no cubre; también podría pagar menos en primas y deducibles de Medicare.

Si le niegan los beneficios del SSDI

Es posible que le nieguen los beneficios si el Seguro Social determina que no está asegurado o no tiene una discapacidad. Si no está asegurado, aún podría calificar para otro beneficio del Seguro Social para personas con discapacidad denominado Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI). Obtenga más información en el artículo sobre SSI de DB101.

Cómo presentar una apelación

Si le parece que la decisión del Seguro Social es incorrecta, puede presentar una apelación:

  • Presente su apelación rápido. Después de recibir una carta de denegación, tiene 60 días para presentar una apelación. Si no apela en 60 días, podría perder el derecho de apelar.
    • Si ya recibía SSDI y está apelando un aviso de sobrepago, deberá apelar en 30 días para la retención de sus beneficios mientras se examina su apelación.
    • Observación: El Seguro Social considera que usted recibe la correspondencia en no más de cinco días después de que se envía.
  • Si se le deniegan los beneficios de SSDI por motivos médicos, puede presentar una apelación en línea o llamar al Seguro Social al 1-800-772-1213 o al 1-800-325-0778 (TTY) y pedir que le envíen un formulario de apelación de la SSI. Si presentó su solicitud en línea, deberá enviar por correo o entregar la información nueva que haya al Seguro Social respecto de su afección médica, incluida información actualizada sobre los tratamientos, exámenes o consultas médicas que haya tenido.
  • Si se le deniegan los beneficios de SSDI por motivos no médicos, puede solicitar una revisión con su oficina local del Seguro Social o llamando al Seguro Social al 1-800-772-1213 o al 1-800-325-0778 (TTY).

Presente la apelación lo más pronto posible. Una vez que se presenta la apelación, podría tardar meses en resolverse.

Observación: Si se deniega su solicitud de beneficios de SSDI y usted no está de acuerdo con la decisión, presente una apelación. No rellene simplemente los formularios de solicitud nuevamente, ya que eso sería una solicitud nueva.

El proceso de apelación

El proceso de apelación consta de cuatro niveles. Si no le gusta el resultado en un nivel, puede apelar en el próximo. Los cuatro niveles son:

  1. Reconsideración: Una persona en la oficina del Seguro Social que no participó de la decisión original examina su solicitud. Se trata de una apelación en papel, de modo que no tiene que presentarse ante un juez. Proporciónele al Seguro Social toda información nueva que tenga sobre su caso.
  2. Audiencia: Si se le niega la reconsideración, puede solicitar una audiencia ante un juez de derecho administrativo. Puede traer testigos para ayudarle a argumentar su caso. Plantéese pedir ayuda de un representante o abogado.
  3. Consejo de apelaciones: El Consejo de Apelaciones del Seguro Social examinará su caso si apela el fallo del juez de derecho administrativo. El Consejo puede aceptar el fallo del juez, decidir el caso por su cuenta o remitirlo de vuelta a otro juez de derecho administrativo para otra audiencia.
  4. Tribunal federal: Si el Consejo de Apelaciones decide en su contra, puede presentar una demanda en el tribunal federal.

En cualquier nivel posterior a la reconsideración, se recomienda que obtenga ayuda de un abogado. Comuníquese con Disability Rights California o con la Organización Nacional de Representantes de Reclamantes ante el Seguro Social (National Organization of Social Security Claimants Representatives, NOSSCR) para buscar un abogado que le puede ayudar ayuda con las apelaciones.

También