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Derechos y responsabilidades
La Ley para personas con discapacidad de los Estados Unidos (ADA)
La Ley para personas con discapacidades de los Estados Unidos (Americans with Disabilities Act; ADA por sus siglas en inglés) es una ley federal que prohíbe la discriminación por parte de los empleadores cubiertos contra las personas con discapacidades —o sea, el trato injusto o desigual de esas personas. Esta ley incluye todas las áreas del empleo, tales como las entrevistas, la contratación, el despido, la capacitación, los ascensos y los beneficios. Los empleadores cubiertos tienen también la obligación conforme a la ley de proveer acomodos razonables a las personas con discapacidades si son necesarios para poder desempeñar sus tareas con éxito. Un empleador cubierto es un empleador que tiene 15 empleados o más.
Ley de Igualdad en el Empleo y la Vivienda Justos (FEHA)
La definición que da California a la discapacidad es más amplia que la de las normas federales, y las leyes y reglamentos de discapacidad del estado brindan a los empleados más protecciones que la ley ADA federal, incluidos los empleados de las empresas más pequeñas. En virtud de la Ley de Igualdad en el Empleo y la Vivienda de California (Fair Employment and Housing Act; FEHA por sus siglas en inglés), si se demuestra que usted ha sido objeto de discriminación, tiene el derecho a que, como solución, se le ubique en el puesto en el que habría estado si no se le hubiese discriminado. Esto puede significar que le vuelvan a contratar, le den pagos retroactivos o adaptaciones razonables; su empleador podría también tener que pagar los honorarios de abogado que incurra.
La Ley ADA no se aplica a los empleos con el gobierno federal. La ley que se aplica a estos empleos es la Ley de rehabilitación de 1973. Las protecciones conforme a la Ley de rehabilitación son casi idénticas a las de la Ley ADA. Al igual que la Ley ADA, la Ley de rehabilitación prohíbe la discriminación basada en la discapacidad y exige que las personas discapacitadas reciban acomodos razonables para que tengan una oportunidad igual de obtener empleos, desempeñar las tareas de un empleo y tener acceso a los beneficios del empleo.
Cómo solicitar acomodos
Para solicitar un acomodo, usted necesitará tomar algunos pasos:
- Necesita informar a su empleador acerca de la naturaleza de su discapacidad. Usted explicará la naturaleza de una discapacidad al notificar a su empleador que usted tiene una discapacidad. Necesitará informar al departamento de recursos humanos o a su supervisor/a. No necesita informar a nadie más en el sitio de trabajo.
- Usted podrá revelar la naturaleza de su discapacidad y solicitar su acomodo en persona, por escrito o de ambas maneras. Hacerlo por escrito puede ser tan sencillo como enviar un e-mail a la persona que corresponda. No es necesario escribir una carta larga y formal. Le conviene solicitar su acomodo por escrito porque, si se niega o la respuesta a su solicitud de un acomodo tarda, usted tendrá una constancia escrita que demuestra lo que solicitó y cuándo lo solicitó.
- Sugerir maneras de proveer el acomodo. Es posible que su empleador tenga otras sugerencias también. Su empleador tiene la obligación de ofrecerle acomodos razonables, pero no de darle el acomodo específico que usted solicitó si hay otros acomodos más apropiados o menos costosos que servirán el mismo propósito.
Usted podrá obtener más información sobre los acomodos leyendo el artículo titulado Apoyos y adaptaciones en el empleo de DB101. La Red de Acomodos en el Empleo (JAN) también ofrece mucha información sobre los tipos de acomodo que existen y la manera de solicitarlos.
Su empleador no tiene que darle el acomodo exacto que usted quiere si es demasiado costoso o si presenta demasiadas dificultades debido a motivos comerciales u operativos. Por ejemplo, si usted tiene un empleo como guardia de seguridad, su función esencial es hacer que las personas firmen el registro cuando entran al edificio y monitorear las cámaras de seguridad. Tomar descansos largos y frecuentes durante su turno no sería un acomodo razonable porque estar físicamente presente mientras el edificio esté abierto al público es una función esencial de su empleo.
La defensa de sus propios derechos
Cuando usted obtiene un empleo, usted es la persona que tiene la responsabilidad principal de asegurar que su empleo sea exitoso y, si no lo es, de solicitar que su empleador que le ofrezca acomodos o ayuda. Su empleador es responsable de asegurarse de cumplir las disposiciones de la Ley ADA; por lo tanto, si hay un problema, usted generalmente debe empezar por pedir que su empleador le dé acomodos o ayuda. Si usted cree que uno de sus compañeros de trabajo o un/a supervisor/a no está respetando sus derechos, necesita asegurarse de que éstos se respeten reportando sus inquietudes a su empleador. Asegurar el respeto de sus derechos se conoce como la defensa de sus propios derechos.
La defensa de sus propios derechos no significa que usted tiene la obligación de hacerlo todo por su cuenta. Su familia y sus amistades podrán darle apoyo. En algunas compañías grandes, hasta puede haber grupos organizados de empleados con discapacidades.
Si usted cree ha sido víctima de discriminación debido a su discapacidad, puede presentar una queja ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC), ante el Departamento de Derechos Civiles (CRD) de California, o ante la Oficina de Derechos Civiles del Procurador General de California. Necesitará presentar su queja ante una de estas agencias antes de poder entablar una demanda legal. Es con frecuencia mucho mejor, más rápido y más facil resolver el problema hablando con su empleador. Sin embargo, no es obligatorio que comience por utilizar los procedimientos internos de su empleador para resolver quejas antes de elevar su queja de discriminación.
Recursos legales
- El Departamento de Justicia de los EE. UU. (U.S. Department of Justice) tiene un sitio web comprensivo acerca de los recursos de la Ley ADA.
- La Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (U.S. Equal Employment Opportunity Commission - EEOC) tiene una hoja de datos sobre los derechos laborales de las personas con discapacidades y una página de información sobre la discriminación en el empleo para personas jóvenes.
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Ayuda experta
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- Contacte a su oficina del Departamento de Rehabilitación (DOR)
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